Populismo constitucional

El jueves pasado, la Subcomisión de Derechos del Consejo Constitucional aprobó, con 9 votos a favor y 4 en contra, la enmienda impulsada por el Partido Republicano que exime del pago de contribuciones a la primera vivienda. El avance de esta disposición es un error de forma y fondo.
En política, la forma importa tanto como el fondo y aquí, la enmienda equivoca el rumbo. Las políticas públicas como la eliminación o creación de un tributo no tienen nada que hacer en una Constitución, sino que deben ser parte del legítimo ejercicio democrático a través de la ley. En cambio, las Constituciones bolivarianas, como la propuesta por la fracasada Convención Constitucional, están plagadas de este tipo de artículos. ¿Acaso no aprendimos nada del primer proceso constitucional?
Vamos ahora al fondo. Las contribuciones son un impuesto, progresivo, eficiente y difícil de evadir. Hoy, casi un 80% de los chilenos está exento de este pago y existe una fuerte correlación entre el nivel de ingreso de la comuna y la proporción de inmuebles afectos a este tributo. Por ejemplo, mientras en Vitacura un 98% de los bienes raíces pagan contribuciones, en Lo Espejo, lo hace apenas un 3,6%. Por otro lado, un 58% del Fondo Común Municipal, cuya lógica es solidaria y progresiva, se compone del aporte de las contribuciones.
Pretender constitucionalizar una medida de estas características —que busca representar las ideas e intereses de un sector dentro del Consejo y que beneficia al 20% de la población—sólo puede catalogarse como populismo constitucional.
Esta carta al director se publicó en El Mercurio.