Evitemos la tentación maximalista

16 Oct 2023

El maximalismo constitucional consiste en la lógica de buscar zanjar, a nivel constitucional, controversial sociales fundamentales, limitando así la futura deliberación democrática y la capacidad de los gobiernos de distinto signo para implementar sus respectivos programas. Fue lo que las izquierdas criticaban de la Constitución del 80 y lo que las derechas reprocharon de la propuesta ampliamente rechazada de la Convención Constitucional. Ambas, aunque de distinto signo, compartían la cualidad de condicionar a las futuras administraciones al parecer del constituyente.

La antítesis de este tipo de ordenamientos es la llamada “Constitución mínima”, que busca que las reglas que rijan la convivencia política respondan a consensos amplios e intergeneracionales mínimos o fundamentales, evitando que estas sean el instrumento de una sola visión política y permitiendo la expresión y competencia de la pluralidad de proyectos políticos en el marco de una democracia representativa.

Teniendo esto en consideración, uno podría decir que, si bien la mayor parte de la propuesta aprobada por el Consejo Constitucional es minimalista, en materia de derechos hay artículos maximalistas. Por ejemplo, la propuesta de nueva Constitución petrifica el establecimiento de un plan de salud universal ofrecido por instituciones privadas y estatales. Así también, fija la propiedad sobre las cotizaciones individuales para la vejez y la existencia de instituciones estatales y privadas en su administración. En materia de libertad de enseñanza, detalla en demasía las horas lectivas que los establecimientos deberán destinar a las materias mínimas fijadas por el Estado. Del mismo modo, elimina los impuestos territoriales a la “vivienda principal” del propietario.

Más allá de los argumentos técnicos que existan para estar en contra o apoyar a algunas de estas materias, hay razones normativas para oponerse a su permanencia en el texto, siendo esta, principalmente, el valor de la discusión democrática y el consenso legislativo para la determinación de las políticas por sobre su fijación ex ante.

Ojalá que en esta nueva etapa prime la ética de la responsabilidad y la prudencia por sobre una ética de la convicción que podrían acabar sacrificando un texto que, en general, contiene muchos elementos necesarios para que Chile retome la senda del progreso con mayor estabilidad.

Esta columna fue publicada en La Segunda.

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