FES: un impuesto más caro de lo que parece

04 Nov 2025

Un dictamen de Contraloría General de la República (CGR) emitido el 10 de octubre (N° E172269N25) vino a abrir un debate de fondo sobre el impacto fiscal del proyecto condona parcialmente el Crédito con Garantía Estatal (CAE) y establece un nuevo sistema de financiamiento público para la educación superior (FES).

El punto es que se confirma que el FES tiene más características de impuesto, que de crédito contingente al ingreso. Por lo mismo, se dictamina que debe contabilizarse como un gasto, y no como un activo, a diferencia de lo que ocurre hoy con el CAE.

En particular, se estableció que las transacciones asociadas al FES, esto es, las salidas de caja para pagar aranceles a las Instituciones de Educación Superior (IES) no pueden ser consideradas un activo financiero al momento de otorgamiento de los beneficios, pues no existe un derecho adquirido, requisito para ser contabilizado de esa manera.

Según la CGR, deben ser contabilizadas como un activo “contingente”, esto es, un gasto que podría recuperarse, sujeto a que ocurran ciertos hechos -riesgosos- en el futuro. Por lo tanto, tanto los gastos para pagar aranceles de los estudiantes, como los ingresos que aporten los mismos una vez egresados, deben contabilizarse “sobre la línea”. Este es un término que se utiliza para diferenciar las transacciones que afectan el patrimonio del Fisco, de las que no lo afectan, denominadas “bajo la línea”.

Sobre las primeras es que anualmente se calcula el balance estructural y se determina el nivel de gasto futuro que nos podemos permitir. Qué cosas se cuentan sobre la línea, por ende, es un elemento esencial.

Según el Informe Financiero del FES (IF N° 136 de 2025), el Gobierno contabiliza al FES “bajo la línea”, y eso es lo que vino a corregir la CGR. Según el dictamen, el FES es un gasto, y un activo “contingente”. Por ende, debe ir “sobre la línea”.

Con esto se pone de manifiesto el costo fiscal del FES, ya que, al contabilizarlo sobre la línea significaría un mayor gasto para el fisco de US$4.861 millones durante la primera década del FES y tendríamos una desviación de la meta del balance estructural en un punto completo del PIB durante los primeros 5 años.

Es importante notar que, si bien el proyecto de ley en su conjunto genera un ahorro “neto” (incluyendo los efectos “sobre” y “bajo” la línea), estos no quitan el riesgo fiscal significativo que implica el FES, ni tampoco son directamente atribuibles al proyecto.

Sobre lo primero, los cálculos son extremadamente optimistas, pues no consideran comportamiento estratégico por parte de los estudiantes, que podrían no solicitar el FES si prevén que podrían pagar varias veces el costo de su carrera; ni de las IES que actualmente dependen del CAE, que podrían verse obligadas a adscribir a la Gratuidad, aumentando el nivel de recursos que entrega el Fisco.

Sobre lo segundo, en el IF incluyen una serie de movimientos no atribuibles al FES que abultan el ahorro; tales son la eliminación de las becas, la postergación de la Gratuidad y los ingresos por todos los deudores del CAE que obligarán a incorporarse al sistema (problema político de marca mayor).

Por último -y el dictamen de CGR también se hace cargo de este punto- también obliga a considerar las pérdidas contables por la condonación de los créditos CAE actualmente en manos del Fisco, que hasta ahora no se estaban considerando, por no requerir desembolsos adicionales de recursos.

Es urgente hacerse cargo de los problemas fiscales que presenta el FES. Tenemos experiencia de sobra con proyectos que terminan siendo más caros que lo presupuestado. Por ejemplo, hoy la Gratuidad cuesta alrededor de US$2.463 millones (Ley de Presupuestos 2026), un 47% más que cuando se discutió el proyecto de ley en 2016, cuando se estimó en US$ 1.676 millones (en precios actuales) el costo para los primeros 7 deciles.

Mientras tanto, la mitad de los niños y niñas de 3 años no asiste a jardín infantil. Es necesario que nos hagamos cargo de los problemas del CAE -incobrabilidad y beneficios insuficientes- sin infringir un daño irreparable a las finanzas públicas. Lo barato sale caro.

Esta columna se publicó en ExAnte.

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