Ley de "amarre" del sector público

29 Dic 2025

En el marco de la presentación del proyecto de Ley de Reajuste salarial del sector público, el Gobierno y organizaciones sindicales de funcionarios firmaron un “Protocolo de Acuerdo”. En éste se encuentra que la no renovación de trabajadores públicos “a contrata” con
más de 2 años de antigüedad deberá hacerse únicamente mediante acto administrativo fundado, de lo contrario, podrán reclamar por vicios de legalidad a la Contraloría General de la República (CGR).

En la discusión pública se ha denominado este Protocolo como una “Ley de amarre” debido a que se aumentan las exigencias de desvinculación de funcionarios “a contrata”, cuyas labores deberían ser de naturaleza transitoria y no permanente. Las razones objetivas de cesación de funciones que se busca incorporar como justificación son prácticamente imposibles de cumplir porque el principal instrumento de medición de desempeño
individual se encuentra averiado: sistemáticamente, en más del 90% de las instituciones el 95% de los funcionarios se encuentra en Lista 1 de “Distinción”.

Teniendo esto en consideración, la aprobación del “Protocolo de Acuerdo” en la Ley de Reajuste salarial del sector público implicaría el “amarre” de 258.684 funcionarios “a contrata” del Gobierno Central, en tanto cumplirían 2 años de antigüedad en marzo 2026. El total de potenciales beneficiarios corresponde al 54% del total de 482.553 funcionarios del Gobierno Central a septiembre 2024.

El 75% de los empleados públicos “a contrata” beneficiarios se concentra en los ministerios de Salud (152.394 potenciales beneficiarios), Educación (30.329) e Interior (11.145). Por otra parte, 92.704 funcionarios “a contrata” que se podrían ver beneficiados por la norma se concentran en la Región Metropolitana (RM), seguido por Valparaíso (24.633) y Biobío (24.311). En cuanto a la remuneración bruta, el 58,6% percibe por sobre 1,5 millones al mes.

La transformación de funcionarios “a contrata” en “plantas” de facto, sin las exigencias de ingreso que existen para cargos de planta trae consigo los siguientes problemas:

1) Consolida la falta de distinción entre funcionarios “a contrata” de carrera -cuya antigüedad excede a un gobierno o que ingresaron por concurso público- de aquellos que desempeñan funciones solo por su cercanía con el Gobierno.

2) Obstaculiza la cesación de funciones de 32.767 de 54.699 trabajadores “a contrata” que ingresaron durante la actual administración al Gobierno Central.

Urge abordar los problemas de fondo del empleo público reformando el Estatuto Administrativo. Los cambios deben apuntar a una adecuada distinción entre funcionarios de carrera de aquellos que ingresan por influencias partidarias, disponer de mediciones de desempeño reales y que los jefes de servicio puedan gestionar los recursos humanos de las instituciones en función de resultados. Solo haciéndonos cargo de estos temas, podremos tener un Estado al servicio de las personas.

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