Avalancha de normas transitorias

24 Jun 2022

El miércoles el pleno de la Convención aprobó 57 normas transitorias en temas cruciales como las reformas a la Constitución; la entrada en vigencia de nuevos órganos territoriales; y la fecha de expiración de instituciones como el Senado. De aprobarse el texto, para asegurar una transición efectiva, habrá que implementar 40 cuerpos legales, casi la mitad de ellos en menos de un año.

El maximalismo y excesivo ánimo refundacional de los convencionales se vuelve a imponer. Ahora el texto no solo plantea un brusco quiebre con nuestra historia democrática y republicana, sino que pretende hacerlo en tiempo récord. ¿Se habrán preguntado los convencionales la capacidad operativa del actual Congreso para absorber esta titánica tarea? ¿Habrán considerado los riesgos de una implementación defectuosa en materias tan sensibles como el nuevo estatuto del agua? Dentro de esta avalancha de cuerpos legales a implementar, hay cuatro que preocupan en extremo.

Primero, se deja un cerrojo al actual Congreso para modificar la Constitución: tres de cuatro artículos necesitarán de quórums excesivamente altos -4/7 más referéndum o 2/3- para ser modificados antes del 2026 (¿aprobar para reformar?). Segundo, se crea una Comisión de Restitución de Tierras, integrada exclusivamente por pueblos indígenas y personas elegidas por el Presidente, como única instancia para resolver un problema histórico y complejo. No parece muy democrático saltarse instituciones cuyos integrantes han sido electos por la ciudadanía (como el Congreso), para resolver un tema así de complejo.

Tercero, al día siguiente de aprobada la nueva Constitución, los derechos de agua desaparecen y se convierten en autorizaciones. Golpe bajo a la certeza jurídica de actividades y proyectos que requieren de agua. También se le entregan atribuciones al Estado para redistribuir caudales de las cuencas “con sentido de urgencia” para garantizar usos prioritarios. Así, la autoridad de turno podría vaciar (arbitrariamente) los derechos de su contenido.

Por último, el Tribunal Constitucional no podrá conocer nuevas causas y se dan apenas seis meses para que el órgano que lo reemplace -la Corte Constitucional- entre en operación. ¿Qué pasa con la justicia constitucional durante esos seis meses? ¿Quién protege a las personas de la aplicación de leyes inconstitucionales?

La historia nos enseña que reformas y gradualidad suelen funcionar bien juntas. Al parecer, una vez más, los convencionales reprueban la lección.

Publicada en La Tercera.
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