Nueva Constitución y derechos sociales

Frente a los muchos desafíos que enfrenta el nuevo proceso constituyente en curso, un consenso importante generado en el debate público radica en que el texto a plebiscitar tenga la capacidad de generar un pacto social de largo plazo, uno que convoque y represente el sentir de la más amplia mayoría de chilenas y chilenos.

Desde nuestro punto de vista, ese pacto social encuentra sus cimientos en el compromiso que construimos como comunidad en torno a un Estado social y democrático de derecho, basado en un conjunto de derechos que aseguren a todos los ciudadanos una vida digna. Lo anterior, debiera ser el gran paso adelante que marque la impronta de la Constitución del 2023 de cara a la ciudadanía.

Para avanzar en una regulación que favorezca ese pacto, es indispensable que en la nueva Constitución se garanticen pisos sociales exigentes para que toda persona, independiente de su cuna, tenga las condiciones para poder desplegar su propio proyecto de vida. En definitiva, avanzar hacia una libertad efectiva fundada en pisos sociales sustantivos, que constituyan el corazón de la responsabilidad compartida por pertenecer a la misma comunidad.

Esto, por cuanto los derechos sociales son un aspecto ineludible en la igual consideración y respeto por los proyectos de vida autónomos que las personas buscan desplegar, tal como hemos manifestado en oportunidades anteriores (Horizontal, Reconfiguración de los Derechos Sociales, 2021).

A este respecto, tenemos la firme convicción de que un Estado social y democrático de derecho para las necesidades del Chile del siglo XXI, se sustenta en un grupo específico de derechos sociales fundamentales. Estos, desde nuestro punto de vista, corresponden a aquellos que pueden propender a igualar oportunidades, garantizando un acceso real de toda la población a prestaciones esenciales en materias de educación, salud, vivienda, trabajo y seguridad social.

Siendo fundamental poner el foco en estos derechos sociales, creemos que se debe evitar un texto con un largo listado de derechos cargados de voluntarismo, pero carente de toda realidad. Por un lado, esto puede terminar afectando a la rigurosidad técnica con la que se plantean los derechos sociales. Por otro, la materialización y financiamiento de estos derechos es siempre contingente a las posibilidades reales y evolutivas del país, sin comprometer la responsabilidad fiscal, que en cualquier caso, es un principio a consagrar en la Constitución por razones de justicia intergeneracional.

En materia de provisión de los derechos sociales, nos parece que un punto de partida esencial es garantizar la participación y colaboración activa de la sociedad civil, entendiendo que lo público no se agota en lo estatal, consagrando expresamente la existencia de la iniciativa particular. Por tanto, es necesario que la normativa constitucional permita al debate democrático abrir los espacios necesarios para la colaboración privada en igualdad de condiciones en materia de derechos sociales.

Tampoco debiesen regularse en la Constitución las características específicas de estos derechos, que por su naturaleza pueden ir evolucionando conforme a la disposición mayoritaria de la sociedad. Así, el texto debiese establecer directrices claras al legislador para la regulación de estos derechos, pero permitiéndole a su vez actualizarlos con el paso del tiempo, sin perjuicio de que es conveniente consagrar de manera explícita un deber del Estado de garantizar estándares exigentes para la satisfacción de los mismos.

Finalmente, es necesario señalar que para la concreción real del Estado social y democrático de derecho, su implementación debe estar acompañada de una modernización estructural del Estado, con una administración pública profesional e independiente de los intereses de los partidos políticos, que garantice el uso correcto y eficaz de los recursos públicos.

Así, la modernización estatal constituye una condición sine qua non para que el Estado pueda llegar a abordar de buena forma la satisfacción de los derechos sociales. Ello supone un Estado al servicio de las personas (y no al revés), y que sea más eficiente, transparente y con una administración pública anclada en el mérito y reglas que faciliten su adaptación a un entorno cambiante.

En definitiva, todo lo anterior resulta fundamental para lograr un entendimiento transversal sobre el fondo mismo del Estado social y democrático de derecho. La misión, es que este entendimiento nos permita avanzar definitivamente -y de manera firme- hacia el nuevo pacto social que requiere el Chile del presente y para las próximas generaciones.

Publicado en El Mercurio.

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