Coalición de Boric: El contraste entre sus votaciones en la Convención y los ajustes que promete al texto constitucional

23 Ago 2022

Qué observar. El 1 de agosto la presidenta del Partido Socialista, Paulina Vodanovic, comenzó a trabajar en el borrador que el día 11 de este mes se transformaría —con las firmas de las cabezas de los partidos y agrupaciones oficialistas— en la propuesta de cambios al texto que será sometido a plebiscito el 4 de septiembre. Ese primer día de agosto el Presidente Gabriel Boric había instado al oficialismo a consensuar reformas al texto constitucional con miras a remontar la desventaja de la opción “apruebo” en las encuestas.

Algunos comentaron que se trataba de un “último cartucho” para revertir la opinión ciudadana. Sin embargo, la propuesta tuvo pocos minutos libre de controversia, ya que en la misma Biblioteca Nacional donde había sido firmada, el presidente del Partido Comunista, Guillermo Teillier, dijo que “no podemos garantizar que vamos a hacer estas cosas, porque en esto tendrá que haber debate popular”, dichos que luego relativizó.

A este flanco abierto en el oficialismo se sumaron las críticas de los representantes de escaños reservados a pueblos originarios en la Convención y parte de los movimientos sociales que participaron de la instancia, los que catalogaron el acuerdo de “cocina”. “No nos olvidemos que fueron los partidos nuevamente quienes quisieron traicionar este proceso democrático”, dijo esa tarde la ex convencional mapuche Natividad Llanquileo.

La crítica apuntaba a cómo las tiendas habían alterado los acuerdos alcanzados en la Convención. Un análisis del centro Horizontal —presidido por el ex ministro Ignacio Briones— mostró el contraste entre las votaciones de las coaliciones de gobierno en los plenos de la Convención —el Colectivo Socialista, el Frente Amplio (FA) y Chile Digno, liderado por el Partido Comunista (PC)— y las propuestas de los partidos oficialistas, en 9 materias. Entre éstas, el consentimiento indígena, el pluralismo jurídico, el restablecimiento del estado de emergencia eliminado en la propuesta constitucional, y la facultad presidencial exclusiva de presentar proyectos que impliquen gasto fiscal.

Consentimiento indígena. El acuerdo de los partidos buscó acotar el alcance del concepto de consentimiento indígena incorporado en el texto constitucional.

Qué dice el acuerdo de los partidos: “Sobre el consentimiento previo al que se refiere el texto constitucional, se establecerá explícitamente que sólo es aplicable a la regulación de entidades territoriales y que no es exigible en temas de carácter nacional o reformas constitucionales, respetando los principios establecidos en el referido Convenio”. También plantea que “sobre la consulta indígena se establecerá que el verdadero sentido y alcance se refiere sólo a las materias que puedan afectar directamente a los pueblos indígenas”.

Qué dice el texto constitucional: “Los pueblos y naciones indígenas deberán ser consultados y otorgarán el consentimiento libre, previo e informado en aquellas materias o asuntos que les afecten en sus derechos reconocidos en esta Constitución”, dice el artículo 191.

Cómo votaron los colectivos en el pleno: El 100% de Chile Digno y el FA estuvieron a favor (28 votos). También lo estuvieron un 97% del Colectivo Socialista más Independientes por Una nueva Constitución (28 votos). Un 96% de los escaños reservados, la Coordinadora Plurinacional, Movimientos Sociales Constituyentes y Pueblo Constituyente se manifestaron también en este sentido. Por otra parte, no hubo ningún voto favorable del Colectivo del Apruebo, RN, Evópoli, la UDI y los convencionales cercanos a Republicanos.

Justicia indígena. El texto de los partidos limita el ámbito de aplicación de la justicia indígena propuesto por la Convención.

Qué dice el acuerdo: “No existirán regímenes de justicia paralelos que pongan en cuestión la unidad, coherencia y consistencia del Poder Judicial. La justicia indígena solo se aplicará a miembros del mismo pueblo, será voluntaria y no tendrá competencia respecto de delitos penales”, dice el documento oficialista.

Qué dice el texto constitucional: “El Estado reconoce los sistemas jurídicos de los pueblos y naciones indígenas, los que en virtud de su derecho a la libre determinación coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia”, sostiene el artículo 309. La norma fija como límites de los sistemas de justicia indígena “respetar los derechos fundamentales que establecen esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales sobre derechos humanos de los que Chile es parte”, pero no especifica si se aplicarán también a no miembros de los pueblos originarios. Deja esta definición a una ley que deberá dictarse posteriormente. Otro artículo establece que sus fallos serán revisables por la Corte Suprema.

Cómo votaron los colectivos: Un 100% del Colectivo Socialista, Chile Digno, el FA, los escaños reservados y la Coordinadora Plurinacional votaron a favor. La propuesta recibió un 43% de respaldo en el Colectivo del Apruebo (3 votos) y 0% en la oposición.

Estado de emergencia. La propuesta de los partidos repone el estado de emergencia que ha sido aplicado durante los 3 últimos meses por el gobierno en La Araucanía y 2 provincias del Biobío.

Qué dice el acuerdo: “Proponemos establecer en la Constitución el Estado de Emergencia por grave alteración de la seguridad pública, autorizando que las Fuerzas Armadas puedan colaborar, a requerimiento de la autoridad civil y en las condiciones calificadas que establezca la ley, en tareas de resguardo del orden constitucional y del Estado de derecho”, dice la propuesta.

Qué dice el texto constitucional: “Solo se podrá suspender o limitar el ejercicio de los derechos y las garantías que la Constitución asegura a todas las personas bajo las siguientes situaciones de excepción: conflicto armado internacional, conflicto armado interno según establece el derecho internacional o calamidad pública. No podrán restringirse o suspenderse sino los derechos y garantías expresamente señalados en la Constitución”, dice el artículo 300.

Cómo votaron los colectivos: Un 93% del Colectivo Socialista mas Independientes por una Nueva Constitución votó a favor, al igual que un 96% del FA más Chile Digno. El mismo resultado obtuvieron entre los escaños reservados y la Coordinadora Plurinacional. En el Colectivo del Apruebo la propuesta sólo alcanzó un voto. Obtuvo cero votos en la oposición.

Consejo de la Justicia. El documento de los partidos también abordó el organismo encargado del nombramiento de jueces, criticado por su integración, ya que los jueces son minoría.

Qué dice el acuerdo: “Proponemos también revisar la composición del Consejo de la Justicia para asegurar su integración por una mayoría de jueces”, dice el acuerdo.

Qué dice el texto constitucional: El artículo 344 del texto constitucional establece que el Consejo de la Justicia estará integrado por 17 miembros: “8 juezas o jueces titulares elegidos por sus pares”; “2 funcionarias, funcionarios o profesionales del Sistema Nacional de Justicia elegidos por sus pares”; “2 integrantes elegidos por los pueblos y naciones indígenas en la forma que determinen la Constitución y la ley” y “5 personas elegidas por el Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones en sesión conjunta, previa determinación de las ternas correspondientes por concurso público, a cargo del Consejo de Alta Dirección Pública”.

Cómo votaron los colectivos: Un 100% de Chile Digno y el FA, y un 97% del Colectivo Socialista e Independientes por Una Nueva Constitución votaron a favor. La propuesta obtuvo 4 votos del Colectivo del Apruebo (57%) y cero de la oposición.

Concurrencia presidencial obligatoria: El acuerdo también abordó uno de los aspectos que definía el denominado presidencialismo atenuado: que el presidente ya no tendría facultad exclusiva en la presentación de proyectos de ley que implicaran gasto fiscal.

Qué dice el acuerdo: “Creemos necesaria la eliminación de la atribución de presentar mociones parlamentarias que irroguen directamente gastos al Estado”, dice el acuerdo.

Qué dice el texto constitucional: “Son leyes de concurrencia presidencial necesaria: a) Las que irroguen directamente gastos al Estado”, dice el artículo 266. El artículo 267 precisa que “las leyes de concurrencia presidencial necesaria pueden tener su origen en un mensaje o en una moción. La moción deberá ser patrocinada por no menos de un cuarto y no más de un tercio de las diputadas y los diputados o, en su caso, de los representantes regionales en ejercicio”.

Cómo votaron los colectivos: Un 100% del Colectivo Socialista y un 93% de Chile Digno más el FA votó a favor. La iniciativa también contó con el respaldo de todo el Colectivo del Apruebo. Chile Vamos la rechazó totalmente.

La mirada de Horizontal. Juan José Obach, director ejecutivo Horizontal, marca posiciones sobre el contraste entre lo aprobado en la Convención y los cambios que compromete el oficialismo al texto constitucional.

“Cuesta confiar en cambios que implican borrar con el codo lo que se escribió con la mano. Hubo muchas instancias para realizar modificaciones dentro de la Convención, incluso a través de indicaciones que fueron rechazadas por el mismo oficialismo. Así, resulta difícil creer en un acuerdo que las mismas fuerzas políticas, adentro de la Convención, aprobaron con una abrumadora mayoría lo que hoy prometen cambiar”.

Publicada en Ex-Ante.

 

COMPARTIR:

Síguenos